Puebla de Don Fadrique  

 

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Revista informativa
Revista   número 4

 

El acceso de los ciudadanos a la justicia

Por Félix Rodríguez Romero. Presidente de la Asociación General de Profesionales de la Justicia Local «Joaquín Costa". Secretario del Juzgado de Paz de Puebla de D. Fadrique.


El «LIBRO VERDE de acceso de los consumidores a la justicia», que aprobó la Comisión Europea en 1983 y con posterioridad el parlamento europeo, tiene por objeto estudiar el acceso de los consumidores a la justicia civil, así como la solución extrajudicial de conflictos de consumo. Ya en 1975 una Resolución del Consejo reconocía como uno de los derechos fundamentales de los consumidores el de la justa reparación de los daños causados por medio de procedimientos rápidos, eficaces y poco costosos. En el llamado LIBRO VERDE se producen unos estudios y reflexiones de los procedimientos existentes en todos los estados miembros de la UE. Este análisis se centra en una serie de temas:

  1. Bélgica.- Procedimientos judiciales (reforma de su LEC., se aumenta competencia objetiva a los Jueces de Paz). Procedimientos extrajudiciales (arbitraje).
  2. Alemania.- Procedimientos judiciales (se simplifica procedimiento, intento de conciliación). Procedimientos extrajudiciales (Consejos municipales de reclamaciones).
  3. Grecia.- Procedimientos judiciales (procedimiento simplificado sin Letrado, conciliación). Procedimientos extrajudiciales (cmisiones locales de consolidación)
  4. ESPAÑA.- Procedimientos judiciales (procedimiento simplificado ante el Juez de Paz, aumentando los juicios verbales a 80.000 pts, conciliación potestativa) Procedimientos extrajudiciales (arbitraje de consumo, defensor del cliente en la banca).
  5. Irlanda.- Procedimientos judiciales (simplificación de procedimientos de cuantía mínima ante Tribunales de Distrito, con activa intervención del Secretariado y sin asistencia de Letrado. Procedimientos extrajudiciales (Defensor del Pueblo)
  6. Italia.- Procedimientos judiciales (reforma del código procesal civil donde se crean los juzgados de paz, lo cual constituye una novedad).
  7. Reino Unido.- Procedimientos judiciales (procedimientos simplificados y formularios en litigios de escasa cuantía, representación no profesional. Procedimientos extrajudiciales (conciliación y arbitraje).

El factor fundamental, como podemos apreciar es que la reforma de las leyes de procedimiento va encaminada a la necesidad imperante de eliminar el retraso judicial, por lo que se impone inexorablemente la simplificación de las formalidades y se regula la conciliación judicial y extrajudicial.

El Comité Económico y Social (1984) en un dictamen sobre el Libro Verde pone nota en la necesidad de garantizar el acceso a la justicia y al derecho, ya que además del derecho a una justicia rápida y eficaz, los ciudadanos también tienen derecho a «conocer el derecho».

Por lo demás, la Comisión también estudia el coste de las llamadas barreras judiciales, que dificultan la solución de los conflictos transfronterizos: el coste medio (integrado por los costes judiciales, honorarios de Abogados, derechos de Procuradores, peritos, comunicaciones, viajes, etc.) implica que para reclamar 1.000 euros, el demandante debe hacer frente al pago de 1.500 euros.

En la relación coste-beneficio, el demandante debe adelantar en provisión de fondos los 1.500 euros y cobrará entre los 12 y 65 meses, suponiendo que el demandado sea solvente. En otro caso su pérdida se cifrará en 2.500 euros. Consecuentemente, la sensación de inseguridad jurídica frena el acceso de los consumidores a la justicia.